La localidad vegueña ultima los preparativos para las fiestas patronales de San Cristóbal, que tendrán su día grande el viernes 10 de julio, festividad del patrón de Vega.
Habrá música y todo tipo de competiciones. Una oportunidad para que todos aquellos que hace tiempo que no se ven puedan reunirse y disfrutar de actividades lúdicas y del medio natural vegueño.
VIERNES 10 DE JULIO
18:00 Comienzo de las fiestas con volteo de campanas.
19:00 Partido de fútbol mixto.
22:00 Saludo del alcalde y a continuación pregón de fiestas. Pancetada para todos amenizada por grupo "Vino Aquilino"
22:30 Campeonato de Mus.
00:00 Gran Verbena amenizada por la “Orquesta Tentación” en el descanso, bingo a cargo de la peña “Los Soperos”
05:00 Sopas de ajo y primer cagódromo protagonizado por el Pollo Cristóbal.
SÁBADO 11 DE JULIO
07:00 Pasacalles a cargo de “Los Soperos” más duros.
12:00 Santa misa y procesión por las calles del pueblo en honor a nuestro patrón San Cristóbal.
12:45 Ronda por las calles del pueblo y limonada para todos. 1ª gran tirada de rana en los aledaños de la peña “Los Soperos”
18:30 Campeonato de bolos individual.
19:30 Entretenimientos y juegos infantiles.
00:00 Gran Verbena amenizada por la orquesta "Orquesta Lizaro"
05:00 Canto del himno, chocolatada con bizcochos y segundo cagódromo protagonizado por el Pollo Cristobalillo.
DOMINGO 12 DE JULIO
13:00 Santa misa en honor a nuestros difuntos.
14:00 2ª tirada de rana en los aledaños de la peña “Los Soperos”
19:00 Campeonato de bolos mixto.
20:00 Campeonato de brisca.
22:00 XVIII Tortillada en el antiguo “Corral de las Burras”
00:00 Juegos autóctonos.
Traca fin de fiestas con cantos y bailes regionales.
miércoles, 8 de julio de 2015
jueves, 2 de julio de 2015
martes, 30 de junio de 2015
Pueblos de nuestro entorno: Villarmienzo 1886
![]() |
| Artículo de Villarmienzo en el diccionario geográfico de Pablo Riera y Sans |
(Clicar sobre la imagen para ver la entrada)
Descripción de Villarmienzo en 1887 en el diccionario geográfico de Pablo Riera y Sans.
jueves, 25 de junio de 2015
Villarmentero de Campos 1886
![]() |
| Artículo de Villamentero de Campos en el diccionario de Pablo Riera y Sans |
(Clicar sobre la imagen para ver la entrada)
Descripción de Villarmentero de Campos en 1887 en el diccionario geográfico de Pablo Riera y Sans.
Alcaldes de Vega de Doña Olimpa (siglos XIX y XX)
AÑO ALCALDES
1848, León Ibáñez
1850, Miguel Franco
1852, Miguel Franco
1854, Celestino Díez Valdeón
1867, Juan Heras
1883, Eugenio Díez de Valdeón
1885, Mariano Terceño
1887, Saturnino Rojo
1889, Lorenzo Rojo
1891, Eugenio Díez de Valdeón
1893, Saturnino Rojo González
1895, Casiano Pardo González
1897, Eugenio Fontecha Báscones
1899, Lorenzo Rojo Ibáñez
1901, Eugenio Díez de Valdeón
1903, Cesáreo Martínez Mazuelas
1905, Isaías González
1909, José Noriega Ibáñez
1911, José Noriega Ibáñez
1913, Simeón Ibáñez Ibáñez
1915, Atanasio Relea Revilla
1917, Jesús Merino Pérez
1920, Vidal Tejedor Eras
1922, Leovigildo Treceño Relea
1933, Vicente Martínez Ibáñez
lunes, 15 de junio de 2015
Vocabulario castellano del siglo XV
en Laberinto de la fortuna, de Juan de Mena
Aborrida: aborrecida
Abusiones: abusos
Aforos: Africanos
Agenores: ajenos
Alçando los gastos: defendiendo la poesía
Amiento correa para aflojar la lanza
Aprueuo: percibo
Argolica: de los griegos
Assayan: intentan
Atales vestiglos: tales monstruos
Austro: viento del mediodía
Auiltada: vil
Ayna: aprisa
Azagayas: dardos
A fuer de: a modo de
Bastauan: devastaban
Bastasse: devastase
Blasme: blasfeme
Boltar: dar vueltas
Bonança: buen tiempo
Bruma: el momento más riguroso y frío del invierno
Bullada: sellada y marcada
Cautela: engaño ingenioso
Carbasos: velas de navío
Caystros: cisnes
Clara: ilustre
Cobdiçiando: ocultando
Contra: hacia
Contrapuna: es contrario
Çedo: al momento
Çelar: cuidar
Çentipolea: que tiene cien ciudades
Çilénico: de Mercurio, nacido en el monte Cilenio
Clauero: cargo de las órdenes militares
Cridar: gritar
Crueza: crueldad
Defension: prohibición
Dañada: condenada
Defendia: prohibía
Defendian: impedían
Deletos: quitados, borrados
Demientra: mientras
Deprendan: aprendan
Descogida: desplegada, extendida
Desferra: discordia
Deslate: acción de disparar o arrojar alguna cosa
Despagado: descontento
Desplano: explico
Despienden: gastan
Deuedados: prohibidos
Deuieda: prohíbe
Doto: docto
Dragos: dragones
Ductriz: guiador
Durante: eterna
En son: de modo, a manera de
Enante: antes
Enantes: antes
Engorra: asimiento
Enorme: irregular
Escultas: esculpidas
Espera: esfera
Esperico çentro: el centro de las esferas
Entenas: pértigas de madera de donde prende la vela
Fabrica: estructura
Fengidas e veras: falsas y verdaderas
Ficto: fingido
Flagelo: látigo
Flagrantes: brillantes
Flamas: llamas
Fondón de: en la parte más baja de
Fornazes: hornos
Foscando: oscureciendo
Fruente: frente
Fruyr: gozar
Fulica: cerceta
Fulmina: resplandeciente
Fuscada: oscurecida
Fusta: barco
Fustas: barcos
Fuyan: huyan
Glebas: tierras
Grida: grita
Guarda: mira
Inmoto: inmóvil
Jamas: siempre
Leda: alegre
Ledo: contento
Lieo: de Baco
Llegamiento: ajuntamiento
Maguer: aunque
Mas una: más unidad
Medios especulares: medios de aumento
Mendaçia: mentira
Minaces: amenazadores
Mirable: maravilloso
Misto: mezclado
Maçoneria: obra de piedra y cal
Mesnada: tropa
Mestrua: mensual
Mote: sentencia breve
Muriçe: púrpura
Nautas: marineros
Neto: limpio
Nitido: resplandeciente
Non me cale: no me importa
Nouel: novel, nuevo
Nouelo: nuevo
Nubiferas: nubladas
Ofertos: ofrecidos
Ofiçiosos: atentos
Onustos: cargados, pesados
Oradores: embajadores
Padeçen ynopia: carecen
Pagado: contento
Palestra: lucha
Para: dispone
Pauesada: defensa de paveses o escudos que se pone en las naves
Peltas: escudos
Pigro: perezoso
Plano: llanura
Planura: llanura
Plañida: llorada
Polutos: manchados, contaminados
Potages: verduras
Prestigiando: engañando
Procura: rige, gobierna
Propinco: cercano
Pruyna: helada
Pudiçiçia: castidad, vergüenza
Puna: pugna, batalla
Pune: castigue
Quadriuistas: versados en las artes de quadrivium
Quexo: queja
Quirita: de los ciudadanos romanos
Redarguydo: reprendido
Reguardo: miro
Reguardamos: miramos
Religada: atada, ceñida con mayor vínculo o más estrechamente
Remeçian: derremecer, mover una cosa de un lado a otro
Remos: alas
Reparo. remedio
Repunta: punta o cabo de tierra
Resoluta: descompuesta
Respuso: respondió
Resta: queda
Retratan de: menosprecian, denigran
Rime: inquiera o busque
Sage: sabio, astuto
Secaçes: secuaces, seguidores
Semilunio: de catorce días
Senblantes: semejantes
Señera: particular, separada
Sepelidos: sepultados:
Ser çiente: saber
Simulacras: efigies
Singultos: sollozos
Sobraste: venciste
Sobro: venció
Soluerte:resolverte
Su virtud: sus fuerzas
Subleuada: levantada
Sublimadas: elevadas
Subuerter: destruir
Suçede: acércate
Superna: elevada, suprema
Testados: tachados
Tirarle: quitarle, sacarle
Trabea: ropa talar
Trabucos: máquinas para lanzar piedras
Traçenda: comprenda alguna cosa oculta o secreta
Trayan: arrastraban
Tribulante: que produce tribulaciones
Vaniloco: de habla vana
Vestiglo: monstruo
Virtud: valor, fuerza
Viso: vista
Vultos: rostros
Vulto: rostro
Visiua potençia: capacidad de ver
Vlixeo: de Ulises
Ymagineria: imágenes
Ynfacundo: poco hábil para hablar
Yngresso: entrada
Ynimiçiçia: enemistad
Ynmotas: inmóviles
Ynoto: ignoto, no conocido
domingo, 17 de mayo de 2015
Vega de Doña Olimpa en un texto de Julio Senador Gómez
LO VIEJO Y LO NUEVO
(Artículo en El Pueblo, 17 de enero de 1925, p. 1)
Por Julio Senador Gómez (Cervillego de la Cruz (Valladolid), 1872-Pamplona, 1962)
Me parece un caso digno de meditación esta enseñanza de la Historia. Todas las libertades esenciales que el hombre moderno se afana por lograr existieron, hace muchos siglos con el poder de los reyes absolutos y se han ido perdiendo en el régimen llamado de las conquistas democráticas.
En la Edad Media había libertad municipal. Los concejos eran dueños de su término y disponían de los bienes sin ninguna restricción.
No todas las villas eran tranquilos realengos. Sobre muchas pesaba su señorío; pero, aparte del derecho de behetrías, tampoco era posible la emancipación, unas veces por la fuerza y otras por dinero. Escobar, en su "Crónica" cuenta que los de Sahagún se sublevaron contra sus señores los frailes, haciéndoles refugiar en escondrijos "ansí como los ratones en las cuevas". Los de Dueñas pagaban en oro su independencia al conde Buendía.
Para el aprovechamiento de las tierras formaban comunidades, cada una de las cuales se constituía como verdadero Estado autónomo. Ejemplos, las de Cuéllar, Íscar y Olmedo, en las regiones pinariegas de Castilla.
Hasta los lugarejos más insignificantes se ayudaban por la federación. La Comunidad de Nuestra Señora de Neguillán apenas reunía doscientos vecinos, repartidos entre los pueblos de Sanchón Castrillo y Torganillo (que hoy ya no existen), La Fuente, Navas de Oro, Villeguillo, Ciruelos, Moraleja, Barnuy, Santiuste y Villagonzalo.
El aprovechamiento colectivo de las tierras evitaba el pauperismo. Había, pues, una libertad civil fundada en la independencia material y en la igualdad social fundada en la igualdad económica, puesto que los ciudadanos podían ser más pobres o más ricos: pero ninguno carecía de lo necesario.
Su consecuencia era la libertad electoral. No dependiendo nadie de un salario, tampoco necesitaba doblegarse a ingerencias en la emisión de su voto para regiodores o procuradores en Cortes.
Había libertad de reunión. Para cualquier asunto se juntaban los vecinos "a toque de campana", sin otras limitaciones que las exigidas por el buen orden de la discusión. Me parece recordar que es en las Ordenanzas municipales de Vega de Doña Olimpa donde se establece que el que hable demasiado pague un real de multa, y si habla a voces, pague dos.
Había libertad de asociación. Se rechazaba a los indeseables. Los concejos plebeyos negaban el empadronamiento a los nobles, porque solían querer sustraerse, como privilegio, al pago de las cargas vecinales.
Había libertad jurisdiccional. Hasta las industrias se reglamentaban, según la conveniencia de cada lugar. Las Ordenanzas de Becerril de Campos prohibían echar agua al vino..., "nin vino al agua".
(Artículo en El Pueblo, 17 de enero de 1925, p. 1)
Por Julio Senador Gómez (Cervillego de la Cruz (Valladolid), 1872-Pamplona, 1962)
Me parece un caso digno de meditación esta enseñanza de la Historia. Todas las libertades esenciales que el hombre moderno se afana por lograr existieron, hace muchos siglos con el poder de los reyes absolutos y se han ido perdiendo en el régimen llamado de las conquistas democráticas.
En la Edad Media había libertad municipal. Los concejos eran dueños de su término y disponían de los bienes sin ninguna restricción.
No todas las villas eran tranquilos realengos. Sobre muchas pesaba su señorío; pero, aparte del derecho de behetrías, tampoco era posible la emancipación, unas veces por la fuerza y otras por dinero. Escobar, en su "Crónica" cuenta que los de Sahagún se sublevaron contra sus señores los frailes, haciéndoles refugiar en escondrijos "ansí como los ratones en las cuevas". Los de Dueñas pagaban en oro su independencia al conde Buendía.
Para el aprovechamiento de las tierras formaban comunidades, cada una de las cuales se constituía como verdadero Estado autónomo. Ejemplos, las de Cuéllar, Íscar y Olmedo, en las regiones pinariegas de Castilla.
Hasta los lugarejos más insignificantes se ayudaban por la federación. La Comunidad de Nuestra Señora de Neguillán apenas reunía doscientos vecinos, repartidos entre los pueblos de Sanchón Castrillo y Torganillo (que hoy ya no existen), La Fuente, Navas de Oro, Villeguillo, Ciruelos, Moraleja, Barnuy, Santiuste y Villagonzalo.
El aprovechamiento colectivo de las tierras evitaba el pauperismo. Había, pues, una libertad civil fundada en la independencia material y en la igualdad social fundada en la igualdad económica, puesto que los ciudadanos podían ser más pobres o más ricos: pero ninguno carecía de lo necesario.
Su consecuencia era la libertad electoral. No dependiendo nadie de un salario, tampoco necesitaba doblegarse a ingerencias en la emisión de su voto para regiodores o procuradores en Cortes.
Había libertad de reunión. Para cualquier asunto se juntaban los vecinos "a toque de campana", sin otras limitaciones que las exigidas por el buen orden de la discusión. Me parece recordar que es en las Ordenanzas municipales de Vega de Doña Olimpa donde se establece que el que hable demasiado pague un real de multa, y si habla a voces, pague dos.
Había libertad de asociación. Se rechazaba a los indeseables. Los concejos plebeyos negaban el empadronamiento a los nobles, porque solían querer sustraerse, como privilegio, al pago de las cargas vecinales.
Había libertad jurisdiccional. Hasta las industrias se reglamentaban, según la conveniencia de cada lugar. Las Ordenanzas de Becerril de Campos prohibían echar agua al vino..., "nin vino al agua".
Etiquetas:
Historia local,
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